La Ley 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento (D.S. 005-2012-TR) establecen que los empleadores deben someter su sistema de gestión de SST a auditorías periódicas. En el mercado peruano este servicio se conoce habitualmente como auditoría MINTRA, porque los auditores deben estar inscritos en el Registro de Auditores autorizados del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. No es una recomendación: es una obligación legal cuyo incumplimiento es materia de fiscalización por Sunafil.
La auditoría verifica que el sistema esté implementado y funcionando: identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPERC) actualizada, mapa de riesgos, Comité de SST constituido y sesionando, plan anual, capacitaciones ejecutadas, exámenes médicos ocupacionales, investigación de incidentes y registros obligatorios completos.
El resultado es un informe con hallazgos concretos, no genéricos, que sirve tanto para corregir como para demostrar diligencia ante una inspección laboral.
Qué obtienes
- Cumplimiento de una obligación legal expresa y fiscalizable
- Auditores inscritos en el registro del Ministerio de Trabajo
- Detección de brechas antes de que las encuentre Sunafil
- Evidencia de diligencia del empleador en caso de accidente
- Insumo directo para el plan anual de SST del siguiente periodo
- Base sólida si después se busca certificar ISO 45001
¿Es para tu empresa?
Este servicio está pensado para:
- Todo empleador alcanzado por la Ley 29783
- Empresas de sectores de alto riesgo: minería, construcción, industria, pesca
- Organizaciones que han tenido accidentes o han sido fiscalizadas
- Contratistas que deben acreditar cumplimiento ante su cliente principal
¿No estás seguro de que este sea el servicio correcto? Escríbenos igual. Es habitual que la necesidad real sea distinta a la consulta inicial, y preferimos decírtelo antes que cotizarte algo que no te sirve.
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